# Ley de la vagancia
Durante el Oncenio de Augusto B. Leguía se promulgó la Ley de vagancia cuya finalidad práctica fue el aprovechamiento gratuito de la fuerza de trabajo de los sectores sociales más pobres de la población, especialmente del campo.
### Referencias
En enero de 1924 fue promulgada la Ley Nº 4891.- Ley de vagancia.
El artículo 1º de esta ley señalaba: “Vago es todo individuo que, careciendo de bienes y rentas, no ejerce profesión, arte ni oficio; ni tiene empleo, destino, industria, ocupación lícita, ni otro medio legítimo ni conocido de subsistencia…”
Muchos comuneros recuerdan el uso obligatorio de la libreta de ocupación. Uno de ellos, don Silvestre Amaningo ex – dirigente de los yanaconas de la hacienda de Cujaca, manifiesta:
>“A los campesinos les dieron una libreta de ocupación. En esta libreta se escribía en que oficio trabajaba Ud. La autoridad política de la provincia y el hacendado le tenían que firmar la libreta. Era obligatorio como quien tenía la libreta electoral. El que no tenía la libreta de ocupación lo acusaban de abigeo y era castigado con cárcel“
El testimonio de Francisco Febre nos refiere:
>“Todo ciudadano tenía su libreta de ocupación. Esta libreta era firmada por el Sub prefecto y el hacendado. A todos los ciudadanos se les exigió portar su libreta de ocupación, y al que no tenía su libreta lo consideraban como vago. Todo el mundo cargaba su libreta de ocupación”
EL acusado de vagancia era sometido por la autoridad policial a un proceso sumario, en el cual se le privaba de la más elemental defensa.
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Source:
MOC: [[--POLITICA]] [[--HISTORIA]]
Date: [[2021-06-26]]
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